Se trata del primer procedimiento de huelga que se tramita en el marco del Nuevo Sistema de Justicia Laboral, cuyo conocimiento corresponde a los tribunales laborales del Poder Judicial del Estado de Yucatán.
La Organización Sindical y la Universidad, celebraron un convenio de revisión del contrato colectivo de trabajo que rige sus relaciones laborales, el cual fue sometido a consulta y aprobado por la mayoría de las personas trabajadoras, mediante el voto libre, personal, directo y secreto y, posteriormente, fue debidamente registrado ante el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en términos de la legislación vigente.
En el procedimiento de huelga se celebraron siete audiencias de conciliación en sede judicial presididas por el Juez Primero Laboral, a las que comparecieron las partes e intervino el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Yucatán, a través de personal conciliador y su Directora General. Asimismo, el Sindicato y la Universidad llevaron pláticas conciliatorias de manera privada en las instalaciones universitarias, para fijar los términos del convenio conciliatorio con el que se puso fin al procedimiento.